La posibilidad de reclamar una herencia antigua existe, aunque no se constara como heredero. Eso sí, el proceso está acotado y tiene unos límites temporales que hay que respetar.
¿El proceso de sucesión finaliza con el reparto de los bienes?
Lo normal es que sea así, una vez que haya una aceptación o rechazo de la herencia y una adjudicación y toma de posesión. Ahora bien, es posible que un heredero que lo es de pleno derecho no haya podido reclamar lo que le pertenece. Esta circunstancia está prevista y existiría la posibilidad de ejercer una reclamación posterior.
La idea es que la jurisdicción es garantista para todo aquel que desee hacer valer unos derechos. Este es el motivo por el que se amplían los plazos en los casos de las herencias. La principal condición para ejercer la reclamación es que esta esté bien fundamentada. En consecuencia, lo habitual es que se soliciten pruebas como documentación, cartas, testigos e, incluso, pruebas genéticas.
Los casos de reclamación de herencias por esta vía son claramente minoritarios. Es cierto, sin embargo, que el número ha aumentado exponencialmente los últimos años en términos absolutos y relativos.
Cuándo es posible reclamar una herencia antigua
La acción de reclamación de una herencia posterior al reparto se da cuando concurre alguna de estas circunstancias. Si esto no es así, es sumamente difícil que un juez esté dispuesto a abrir un caso.
El primer supuesto es el de desconocer la condición de heredero. Esto implica, en la práctica, que una persona no sabía que era heredero legítimo. Esto sucede en parientes colaterales o lejanos. En España ha sido habitual la apertura de pleitos para reclamar herencias de emigrantes con las que se tenía parentesco. Estos procesos de herencia siempre han sido una arma de doble filo si se desconocía el patrimonio del fallecido.
El segundo supuesto es que un heredero forzoso no haya sido reconocido como tal. Este era el caso más difícil de demostrar porque incluía a los hijos ilegítimos. Lo habitual es que estos no fueran incluidos en los testamentos. Hoy el avance de las técnicas de genética permite identificar la paternidad y ha multiplicado las reclamaciones.
Estos supuestos invalidarían los procesos habituales para cobrar una herencia porque son retroactivos. Hay el supuesto de la Declaración de Herederos, cuando no ha habido un testamento por medio. El testamento que no reconociese a todos los hijos es nulo de pleno derecho.
Plazos para reclamar una herencia antigua
Los plazos de reclamación de la herencia se han fijado a través de la jurisprudencia de los tribunales. Lo primero que has de saber es que el plazo empieza a correr a partir de la apropiación de facto del bien del heredero. Esto es importante, porque disocia la cuestión administrativa del hecho de actuar como si se fuese propietario. Lo cierto es que, hasta hace pocos años, este elemento era motivo de controversia.
El plazo extintivo para dejar de reclamar una herencia, en este caso, es de 30 años. Cualquier acción que se haga a posteriori se considera prescrita y, por lo tanto, no ha lugar. Eso sí, la solicitud del reconocimiento como heredero se puede hacer en cualquier momento anterior. Hay que recordar que el plazo se interrumpe en el momento en que se inicien acciones legales. Este es el principal dato que hay que tener en cuenta, sobre todo cuando el conocimiento de la condición de heredero es tardío.
Es importante que sepas que, una vez que seas reconocido como heredero, tus derechos nunca prescriben. Aquí se puede hacer referencia al propio Código Civil, concretamente al artículo 1.965. Esto significa que podrás reclamar en cualquier momento de tu vida el reparto de los bienes de la herencia.
El consejo de Testamenta para reclamar una herencia
Lo primero que te tienes que preguntar cuando vas a reclamar una herencia antigua es si te compensa. Somos conscientes de que en este tipo de pleitos puede haber cuestiones cruzadas. Lo que sí tenemos que recordarte es que suelen ser procesos largos y costosos, sobre todo si las evidencias no son sólidas.
Cuando se trata de reclamar, si es por dinero, hay que calcular costes y beneficios. Una herencia media quizás es un pleito demasiado largo y penoso como para que compense. Hay que señalar que, en casos de filiación, un juez ha de ordenar la toma de muestras de ADN. Como principio general, ha de haber indicios lo suficientemente importantes. Algunos casos mediáticos recientes han provocado decisiones judiciales en un sentido restrictivo.
Lo principal es que no te metas en pleitos que no resulten rentables para tus intereses. Hay casos en los que, tras solicitar pruebas de filiación, se piden responsabilidades al demandante. No es lo habitual hasta ahora pero sí convendría recordar que esta rama del Derecho se está construyendo a través de la jurisprudencia.
Si quieres reclamar una herencia antigua y no tienes claro el proceso, lo mejor es asesorarte con un abogado especializado. Este profesional te proporcionará la información necesaria para que valores lo que te conviene.
Conclusión
La posibilidad de reclamar una herencia antigua existe, aunque tiene que estar bien fundamentada. Es un hecho que en las últimas décadas estos procesos se han multiplicado. lo que sí es importante es comprobar si compensan o si, de lo contrario, es mejor dejarlo pasar.
¿Quieres evitar estos problemas con tus herederos? Lo mejor es que hagas testamento cuanto antes y que quede todo previsto. Testamenta ofrece un servicio integral que incluye abogado, administrativos y notario. Esta es una manera de que todo el proceso resulte económico y ajustado a derecho. El equipo de profesionales con el que trabajamos conoce la especificidad del Derecho Foral. Es bueno que tengas en cuenta esta cuestión porque no tienes por qué dejar algo sin arreglar cuando dispones de un servicio profesional, rápido y barato.
Si te apetece ganar en tranquilidad, no dudes en preguntarnos y te resolveremos las dudas que se te presenten. Estamos convencidos de que te podemos ayudar a dejar esta cuestión bien atada.
Buenos días
Mi situación no sé si puede saberse, os explico un poco…
Mi padre falleció hace 22años. Se divorció de mi madre u tenía otra mujer pero no se casaron ni eran pareja de hecho. La vivienda la compraron creo q totalmente a nombre de ella, y los terrenos que mi padre tenía a medias con un hermano, este renunció a ellos por estar en otro país y no quiso nada, no sabemos muy bien el tema porque mi padre no testó ( nadie nos llamo para acudir a testamento)entendemos que no había, al no aceptar sus hijas(mi hermana y yo) a su mujer él dejó los terrenos a esta mujer y ella los ha vendido ( entendemos que si esto ha sido posible es debido a una reventa de mi padre a ella. Y aquí es lo que no sabemos si hay algo donde reclamar, ante situaciones de este caso a su pareja. Porque lo hemos dejado y no movimos nada, pero si son 30años para reclamar una herencia y se pudiera llevar a cabo de alguna forma con testigos o de otra manera, saberlo para empezar trámites.
Muchas gracias
Buenas Claudina ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.
Hola, soy Gerard, me gustaría saber si, una vez comprobado en el Registro de Ultimas Voluntades, que, en efecto, la persona fallecida por la que me intereso, testó en una Notaría concreta; puedo solicitar el testamento aunque desconozca si estoy citado o no en él (soy uno de tantos sobrinos). Y me gustaría saber si su servicio de «TESTAMENTA» se puede encargar también de este trámite final en la Notaría sin levantar sospechas en la familia.A veces es suficiente un mero acto de desconfianza para abrir la caja de Pandora y no me gustaría.
Buenos días Gerard tú puedes solicitar el testamento en la notaria siempre y cuando seas un heredero y aparezcas en el testamento, si no no te podrán informar del contenido del testamento.
Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.
La mama de mi tia-abuela se habia casado con un millonario ruso, por los anios 1920, Anna fallece en accidente, pasado un largo tiempo el esposo fallece y manda un telegrama a mi tia-abuela que ella es la unica heredera, ella era monja y rechaza esta herencia, estaba mi abuelo vivo, pero el nunca se entero, solo a los anios pero ya era tarde.
Se puede investigar.
Desde ya muchas gracias
Nicolas Hintz
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Hola, hace unos 6 años que nos enteramos de que mi bisabuelo tenía unas tierras ( unos 2000 M2 de terreno rústico) según mi familia él pensaba que el ayuntamiento se los había quitado pero tanto en el catastro como en el registro de la propiedad están a su nombre, yo como biznieta podría reclamar? Él murió creo que a finales de 1960,principios de 1960
Qué pasos debo seguir?
Buenas Mel ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
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Si lo desea, nuestros mismos abogados también podrían gestionar su herencia, por lo que no debería preocuparse por nada ya que ellos se encargaran de todo el papeleo y lo gestionan todo por ti. (https://herencias.testamenta.es/)
Un saludo