Una porción de los bienes se llama: “la legítima”, esa parte es la que el testador no puede disponer libremente, es destinada a los herederos forzosos, son los hijos. Esa porción pertenece a dos tercios de la herencia, uno de esos tercios es obligatorio repartirlo en partes iguales entre los hijos, el segundo tercio se llama mejora en donde el testador puede disponer como quiera.
El testador al redactar el testamento puede dejar un hijo fuera, la manera es la desheredación, en donde el testador priva de su legítima a un heredero forzoso (hijo), por una causa justa y establecida legalmente.
Desheredación o desheredamiento al redactar testamento
Por medio de ésta definición se puede hacer el testamento, en cualquier forma establecida por ley, aunque el más recomendable es el testamento abierto con notario, porque te puede asesorar en todo momento y aconsejarte respecto a las causas que hay que fundamentar legalmente.
Las causas para la desheredación impuestas por el Código Civil español son:
- Haber negado los alimentos sin motivo al padre, madre o ascendiente que deshereda. Se entiende que es lo inevitable para el sustento habitación y vestido, teniendo en cuenta las necesidades de quién los recibe y capital de quien los da.
- Maltrato de obra o gravemente de palabra, maltrato o menosprecio psicológico.
- Causas de indignidad, haber sido el hijo condenado por atentar contra la vida del testador, acusarle de un delito grave, forzarle o violentarle para hacer cambiar o redactar nuevamente el testamento a su favor.
Recordemos que presentando las causas se puede desheredar privando al heredero de la legítima y de toda su participación en la herencia.
También pierde derechos a recibir alimentos del testador, si tuviera hijos, a éstos no les afecta la desheredación y ocupan en la herencia el lugar del desheredado.
Comprobar una desheredación es un caso complicado y muy delicado por los actos morales, temas familiares, por eso lo recomendable es acudir a un notario que pueda brindar toda la información necesaria en el tema.
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