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¿Puedo renunciar a la legítima paterna sin renunciar posteriormente a la herencia materna?

¿Puedo renunciar a la legítima paterna sin renunciar posteriormente a la herencia materna?

Mi padre acaba de hacer testamento ya que se encuentra algo delicado de salud. En un principio la herencia va todo a mi madre, y en un futuro lejano espero que todo a mí. Soy hijo único.

El notario nos ha comunicado que cuando mi padre fallezca hay una parte que va para mí igualmente (herencia legítima).

Me comentan que cuando llegue el momento renuncie a mi parte de la herencia para que mi madre tenga el 100% de la herencia.

¿Puede esto afectarme de algún modo cuando mi madre muera?. No me dirá el Estado que como renuncié a mi parte no voy ha heredar nada.

¿Puedo renunciar a la legítima paterna sin renunciar posteriormente a la herencia materna?

Si su padre solo dejó como heredera a su madre Ud. como bien le dice el notario sólo tiene derecho a la legítima de una cuarta parte. Ud. puede cobrarla, no pedirla de momento y dejarla ahí pendiente de cobro o renunciarla.

Si renuncia a la misma solo está renunciando a la legitima de su padre, no a la herencia de su madre.

No obstante si su madre por ejemplo nombrara heredero a otro, ya no podría pedir a ese «tercero» la legitima de su padre y solo podría pedir la de su madre.

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