El tercio de mejora es una de las tres partes en las que se divide la herencia. Ahora bien, conviene conocer cómo se puede disponer del mismo para hacer una distribución ajustada a derecho.
El tercio de mejora: qué es y cómo hay que distribuirlo
El tercio de mejora es la parte del patrimonio que el testador puede repartir entre sus herederos forzosos. A diferencia del tercio de legítima, esta parte se puede otorgar como se desee, siempre que sea a un heredero forzoso. Los beneficiarios del mismo pueden ser los hijos o nietos.
Tradicionalmente, este tercio se ha utilizado para mejorar a un heredero que se considerase que lo merecía. Esto sucede en casos de desamparo o cuando uno de los hijos ha cuidado de los progenitores. Esta fórmula está regulada en el artículo 823 del Código Civil. Como principio general, es una de las tres partes de una herencia que se puede distribuir.
Recordamos que la herencia está formada por tres partes. En primer lugar, hay un tercio denominado de legítima que tiene que repartirse equitativamente. Por otra parte está el tercio de mejora. Finalmente, hay un tercio de libre disposición para aquellas personas que no son herederas forzosas. En consecuencia, es bueno hacer el cálculo para defender mejor el patrimonio.
Por lo tanto, esta es una posibilidad para que tengas mayor libertad de distribución de la herencia. Es importante señalar que, en caso de no especificar nada, esta cantidad se sumará al tercio de legítima.
Preguntas frecuentes (FAQS)
Esta parte del testamento puede ser difícil de entender para los no versados en derecho. El tercio de mejora es una parte de la herencia que puede suscitar confusión a lo que no tengan experiencia. Por este motivo, te facilitamos las respuestas a las preguntas más frecuentes.
¿Puedo no dejar nada del tercio de mejora a un heredero forzoso?
Sí, y de hecho es relativamente común este supuesto. Únicamente estás obligado a distribuir el tercio de legítima en función de lo que determina la ley. No va a haber ningún problema si, por ejemplo, tienes más de un hijo y quieres dejarle la mejora solo a un heredero. El tercio de mejora existe, precisamente, para poder mejorar el patrimonio de alguno de los herederos.
Uno de los problemas recurrentes cuando se quiere distribuir este tercio deriva del desconocimiento. No se sabe cómo se puede distribuir y, por ello, hay reclamaciones posteriores. Este es el motivo por el que se hace fundamental contar con un asesoramiento legal específico.
¿Mi cónyuge tiene derecho al usufructo de la mejora?
Sí, y con carácter vitalicio. Eso sí, ese usufructo no puede ir en ningún momento en contra de los intereses de los herederos legítimos. Por lo tanto, es conveniente calcular cuáles van a ser las necesidades futuras. El usufructo, en determinados patrimonios, es la alternativa para que una persona se pueda mantener.
¿Puedo cambiar la distribución de bienes de la legítima?
La distribución de este tercio solo se puede cambiar en caso de que hagas nuevo testamento. Este tipo de documento se tendrá que otorgar ante notario. Recuerda que cuando haces un nuevo testamento el anterior va a quedar automáticamente invalidado. Por lo tanto, ten lo más ordenadas que puedas las disposiciones que quieres incluir.
¿Puedo desheredar a alguno de los herederos forzosos?
Sí, pero para ello deberías alegar una buena razón. La jurisprudencia tiende a ser garantista con el derecho a la herencia porque está reconocido por la Constitución Española. Por ese motivo, hay que demostrar una situación de desamparo por parte del progenitor causada por el hijo.
¿El tercio de mejora se puede ampliar?
Hay muchas personas que se preguntan eso y esa parte en sí no puede exceder un tercio. Ahora bien, hay un tercio de libre disposición que permitiría, si así se desea, compensar los desequilibrios que se pudiesen generar. Esta es la manera de conseguir que la herencia sea equitativa y adaptada a lo que deseas.
Cómo otorgar testamento sin que haya problemas
El primer consejo que te damos es que otorgues testamento cuanto antes. El tiempo es oro y, en estos casos, un buen momento es cuando tengas un cierto patrimonio que transmitir. Esto suele suceder a partir de los 35 o 40 años. La previsión te permitirá defender mejor tus intereses y, sobre todo, dar seguridad a tus seres queridos. Este es el motivo por el que conviene, y mucho, dejar esta cuestión solucionada.
Por otra parte, deberías tener en cuenta en las disposiciones sucesorias a tu cónyuge. No en vano, hay la posibilidad de administrar el tercio de mejora durante el tiempo que viva. Es importante, pues, que dejes bien definida esta cuestión. Cuanto más claro sea el documento, menos posibilidades de conflicto cuando faltes. Si tus hijos son menores de edad y quieres designar un albacea, es importante que dejes clara esta cuestión.
Finalmente, y aunque resulte obvio, cada testamento tendría que redactarse como si fuese el último. Esto significa que has de tener previstas todas las eventualidades que se puedan dar. Es cierto que puedes cambiar cuando lo desees, pero a veces el tiempo se echa encima.
El servicio que ofrece Testamenta
En Testamenta queremos democratizar el acto de testar. Somos conscientes de la importancia de dejar bien claras las disposiciones sucesorias. Esta es la razón por la que hemos querido ofrecer un servicio integral que incluye varios aspectos.
En primer lugar, puedes redactar el testamento con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho sucesorio y adaptado a las particularidades del Derecho Foral de tu Comunidad. Otro aspecto importante es que podrás realizar la distribución como lo consideres oportuno. Finalmente, validarás el texto ante notario. La idea es clara, poder facilitar todo el proceso por una cuota muy accesible. Nunca ha sido tan fácil ni tan rápido como hasta ahora otorgar testamento.
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