El testamento cerrado es una de las opciones que acepta el Código Civil (CC) a la hora de dejar tus últimas voluntades. ¿Quieres saber cómo funciona y sus principales características? Sigue leyendo…
Características principales de un testamento cerrado
El testamento cerrado está contemplado en el artículo 706 al 715 del CC y regula las circunstancias generales en las que se puede presentar, sin perjuicio de las posibilidades que reconozca el Derecho Civil propio de las Comunidades Autónomas donde este predomine.
Este testamento lo realiza el interesado por su cuenta sin asesoramiento del notario, siempre que sepa leer. En este caso, el testador redacta el documento, a máquina o a mano, establece las condiciones que considere oportunas y lo introduce en un sobre cerrado y sellado. Tiene que constar toda la información que se hace en otra modalidad de testamento. Finalmente, puede, o no, enviarlo a un notario para que lo custodie y levante un acta de entrega, y esa suele ser la opción más habitual (es posible que se necesiten dos testigos).
Esta modalidad de testamento tiene unas características específicas, que pueden ser ventajas o inconvenientes según el caso. Las más importantes son las que siguen:
Mayor privacidad
El principal elemento que sirve de acicate para este testamento es la privacidad. No en vano, nadie más, salvo el testador, conoce el contenido del testamento. El notario, en el caso de que se encargue de custodiarlo, se limita a eso, en ningún momento lee el texto. Dicho de otra manera, si tú quieres, nadie se va a enterar de lo que has escrito hasta que mueras o decidas cambiar el testamento.
Si lo que se quiere es testar sin mediatización externa, el testamento cerrado se convierte en la opción más privada. Eso sí, también tiene una serie de riesgos de los que carece, sin ir más lejos, el testamento abierto. Como norma general, se recomienda tener un nivel alto de conocimientos en derecho para hacer el testamento con garantías.
Responsabilidad del testador
La responsabilidad de la redacción del testamento es única y exclusiva del testador porque no ha habido asesoramiento. Por lo tanto, ha de tener el suficiente conocimiento de la legislación para escribir el documento.
Ahora bien, esta responsabilidad se limita a la escritura y a la otorgación, pero no a la entrega del testamento. Las personas que custodien el documento, sea el notario, un familiar o un amigo, tienen obligación de dar conocimiento del testamento en un plazo máximo de 10 días desde que conozcan el fallecimiento del testador. Y, muy importante, no puede haber ningún tipo de alteración en la custodia hasta que se haga esa comunicación y los herederos o partes interesadas se personen.
El incumplimiento de esta obligación generará una serie de problemas añadidos e, incluso, pérdida de derechos hereditarios. Por esa razón, es un aspecto a tener presente.
Mayores posibilidades de impugnación
Los testamentos cerrados, indudablemente, tienen muchas más posibilidades de ser impugnados. Y este es uno de los elementos que hay que tener en cuenta.
En primer lugar, si el testador no conoce lo suficiente la legislación civil, española o de su territorio, es posible que se equivoque con la atribución de tercios y de bienes concretos. El segundo factor es que el testador ha de conocer que, si escribe a mano, ha de salvar las tachaduras y errores. Por otra parte, ha de firmar todas las páginas en los testamentos a máquina. Y, finalmente, ha de cerrar y sellar correctamente el sobre. Estos pasos, como podrás ver, presuponen un cierto nivel de complejidad.
Un testamento cerrado, por lo general, tiene más requisitos que los testamentos abiertos para ser aceptado. Y esto abre los resquicios legales para que personas que no estén de acuerdo con el testamento puedan impugnar.
Tipologías de testamento cerrado
Existen distintas tipologías de testamentos cerrados y conocerlas es sumamente importante. Son las siguientes:
- Mecanografiado: esta es la tipología más habitual, que se escribe a máquina o por ordenador, y se entrega ante notario. Tiene la ventaja de que es más difícil cometer errores que sean interpretables por la escritura. Hoy en día, y salvo situación de urgencia, es la opción preferible para quien opte por testamentos cerrados.
- Ológrafo: el testamento ológrafo es aquel que se redacta de puño y letra por parte del testador. Hay que señalar que, a diferencia del primero, los errores tienen que salvarse con tachaduras. Por lo general, presenta más problemas de validación.
La legislación contempla ambas posibilidades, así que, en principio, puedes tenerlas en cuenta. Eso sí, puestos a elegir, la primera opción es más segura que la segunda.
¿Qué me conviene más, el testamento abierto o el cerrado?
El testamento abierto, por varias razones, es la opción que nosotros recomendamos como preferente. Por estos motivos:
- Asesoramiento profesional: lo primero que has de tener en cuenta es que el testamento abierto, a diferencia del cerrado, permite el asesoramiento profesional. Y esto se aplica, a priori, mediante el concurso de abogados, como durante la redacción, de la que se encarga un notario.
- Menos posibilidades de equivocarse: ese asesoramiento profesional permite reducir las posibilidades de error, ya sea porque el borrador o el documento final lo redactará un tercero. Y, además, el notario, en caso de negligencia, tendría una responsabilidad.
- Mayor seguridad jurídica: la seguridad jurídica es otra de las garantías que tiene un testamento abierto. No en vano, piensa que, al redactarlo un notario, hay garantías de custodia y es más fácil la protocolización posterior, porque queda depositado, bien en la notaría, bien en el Colegio de Notarios.
- Se reducen las opciones de impugnación: el principal enemigo de los testamentos cerrados es que las posibilidades de impugnación se multiplican, por razones de fondo y de forma. Pues bien, en este caso, este margen se reduce, y lo hace sustancialmente.
Sí es cierto que, como contra, está la cuestión de la privacidad, pero es bueno que valores detalladamente si eso compensa los otros riesgos.
Conclusión
El testamento cerrado es una posibilidad, pero, siempre que puedas, es mejor contar con un asesoramiento confidencial. ¿Quieres otorgar testamento? En Testamenta te lo facilitamos con nuestro equipo de abogados, gestores y notarios, y todo por un precio sin competencia. ¡Llámanos y conoce cómo testar rápido, con garantías y al menor coste!