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¿La reclamación de la herencia prescribe?

¿La reclamación de la herencia prescribe?

Mi madre hace muchos años que no ve a su padre, y no sabemos si habra muerto o no.

El se casó con otra mujer y tiene hijos con ella, hermanos de padre con mi madre.
Mi madre esta reconocida y con su apellido. Mi pregunta es si le corresponde algo a mi madre de la herencia de su padre, y si ya hubiera muerto hace años, esta posible herencia prescribe o no. Mi madre no sabe nada de el hace muchos años. ¿Es obligatorio contactar con mi madre en caso de fallecimiento de el para repartir la herencia? o no? la herencia prescribe si mi madre no se entera?

Le indicamos que efectivamente como hija, su madre tiene derecho a la legitima de su padre, esto es, 2/3 del valor de la herencia que deberá repartirse juntos a sus hermanos de padre. Esa legitima puede quedar en 1/3, también repartido, si su abuelo ha mejorado la legitima de los otros hermanos de su madre.
Los herederos designados en el testamento son los encargados de pagar las legítimas, pero nunca está de más averiguar si sigue vivo. La acción para pedir la herencia que corresponda prescribe a los 30 años.

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4 Comments

  1. Dori Marquez

    Buenas tardes, mis abuelos murieron sin hacer testamento, mis padres se quedaron con la casa, ellos también han fallecido sin hacer testamento y ahora un tío mío pide la herencia, ( hace 33 años que mis abuelos murieron),tiene derecho a reclamar su parte en la casa? O por el contrario a prescrito?

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  2. leyre

    Buenas tardes,
    Hace 8 años tras el fallecimiento de mi abuela, se realizó el reparto de la herencia entre mi madre y su hermano. Pasado este tiempo, el hermano reclama a mi madre que las cuentas del notario no estaban bien y le exige un dinero. Deberían hacerlo judicialmente, verdad? Esto prescribe? Debe reclamarle a mi madre o a la notaría? Gracias de antemano y un saludo

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