Matrimonio sin hijos. El marido deja hecho un testamento y ha fallecido, se entiende que la heredera directa es la esposa y tras esta, los sobrinos de ambos.
En vida de la esposa, los herederos sobrinos, tienen derecho a conocer cuál fue el testamento que dejo hecho su tío, o deben esperar a que fallezca su Tía?
¿Consultar testamento de algún tío?
La respuesta a su consulta la encontraremos en el artículo 226 del reglamento notarial. En el mismo se establece que tiene derecho a copia:
a. Los herederos instituidos, los legatarios, albaceas, contadores partidores, administradores y demás personas a quienes en el testamento se reconozca algún derecho o facultad.
b. Las personas que, de no existir el testamento o ser nulo, serán llamados en todo o en parte en la herencia del causante en virtud de un testamento anterior o de las reglas de la sucesión intestada, incluidos, en su caso, el Estado o la Comunidad Autónoma con derecho a suceder.
Para darle respuesta, entendemos que en todo caso tiene derecho la copia su tía (heredera). El derecho a obtener la copia por los sobrinos será un poco más discutida, ya que ver algunos notarios que entenderán que debía previamente a ver fallecido la tía ya que hasta ese momento no serán herederos, y por lo tanto se negarán a entregar copias.
No obstante ello, los sobrinos pueden intentar la obtención de la copia manifestando que han sido nombrados el testamento.