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¿Cómo funciona el usufructo de una vivienda?

¿Cómo funciona el usufructo de una vivienda?

 

 

 

 

 

 

 

Mi pareja y yo queremos comprar una vivienda pero antes de ello estamos mirando el tema del testamento porque él tiene 2 hijos de su relación anterior (nosotros no tenemos hijos en común a día de hoy).

Vivimos en Catalunya; el caso es que no nos ponemos de acuerdo con el tema de legítima de sus hijos porque yo quiero que la propiedad pase a mi si él fallece y cuando yo fallezca, sus hijos heredarán la parte que les corresponda y mi parte (sino tenemos hijos) quedarán para mis sobrinos pero yo no sé si eso en Catalunya se puede hacer.

No me parece justo que sus hijos hereden 1/4 parte de mi casa, estando yo viva porque yo quedaría desprotegida (las relaciones no son buenas) y más en el hipotético caso de si él fallece y la hipoteca no está saldada (mi parte). Económicamente no creo que les pudiera pagar el 25% de la casa.

¿Qué podemos hacer? ¿Cómo funciona el caso de vivienda en usufructo?, En ese caso, cuando yo fallezca ¿puedo dejar mi parte a mis sobrinos?

¿Cómo funciona el usufructo de una vivienda?

En primer lugar, empezaría por la pregunta de si puedes dejar el 50% de la casa a tus sobrinos. En principio, si tus padres están vivos, aptos, al igual que los hijos de tu pareja serí­an legitimarios, o sea, tendrí­an derecho al 25% de la herencia (1/4). Si tus padres no estuvieran vivos, y no tuvieras hijos, podrí­as disponer libremente de tus bienes a quien quisieras, incluidos tus sobrinos.

En segundo lugar, con respecto a lo que me manifiestas de la legí­tima de los hijos de tu pareja, la ley reserva esa 1/4 parte de la herencia a los hijos (25%). Lo normal, en Catalunya que los cónyuges o las parejas se establezcan ellos como los herederos (tendrí­as el 100% de la vivienda y la obligación de pagar la legí­tima del 50% del valor de la vivienda y otros bienes que tu pareja tuviera).

No obstante ello, también puede estudiarse otra fórmula como la que planteas, y que es el establecimiento de los hijos como herederos (evitar hacer pago del 25%) y legar el usufructo universal y mientras vivas bien de toda la herencia, bien de la vivienda de la pareja y de la que sois cotitulares.

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