Me gustaría saber si una madre adquiere derechos sobre un piso de un hijo que murió estando casado y estando la viuda en vida.
¿Una madre puede tener derechos sobre un piso de un hijo fallecido?
En principio, en defecto de testamento, los cónyuges heredarían cuando no hubieran descendientes ni ascendientes, estando en el tercer puesto del orden sucesorio.
No obstante ello, el Código Civil de Galicia, otorga al cónyuge unos derechos como legitimario consistentes en una 1/4 parte de la herencia cuando concurre con los descendientes (hijos) o de la 1/2 de la herencia (en otro caso, por ejemplo, al concurrir en la herencia con los padres del causante)