Muchas personas a lo largo de su vida, dedican gran parte de su tiempo a compartir su vida con sus mascotas, las cuáles se convierten en sus más preciados y fieles compañeros. Es por ello que puede resultar común otorgar testamento en favor de las mascotas.
¿Que dice la legislación?
La legislación es diferente dependiendo del país en el que nos encontremos. En el caso de querer hacer testamento en países anglosajones, por ejemplo, debemos saber que en esta zona si aceptan este tipo de testamentos en favor de las mascotas. En España en concreto esta posibilidad aún no es legal, sin embargo existen alternativas que permiten que nuestras mascotas queden cubiertas legalmente. Una de ellas consiste en elegir a una persona, la cual sería considerada la «heredera», de forma que se ocupe de las mascotas.
De esta forma la persona elegida podrá disfrutar de los bienes heredados siempre y cuando cumpla con la condición de dedicarse al cuidado de las mascotas, en caso contrario perdería el derecho al uso y disfrute de los mismos, o bien perdería los bienes una vez que las mascotas fallecieran. Para comprobar que se cumple las condiciones del correcto cuidado de las mascotas se deberá designar previamente a dos veterinarios, los cuáles velarán por la correcta salud de las mascotas «herederas».
Otra alternativa, sería legar la custodia de las mascotas a una protectora de animales, quiénes se ocuparían de su cuidado, o en su defecto, de buscarles un nuevo hogar. En cualquier caso, nada mejor que acudir a los mejores profesionales del ámbito testamental, como los que encontrarás en la web de Testamenta para disfrutar de asesoramiento personalizado acerca de estas y otras cuestiones legales sobre herencia y el testamento.
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