Aunque la sabiduría popular dice que puedes desheredar a tus herederos naturales, lo cierto es que ese derecho no es absoluto. En el artículo te explicamos en qué consiste la legítima corta.
Concepto de la parte de la herencia legítima corta
La principal idea de este concepto es que un hijo o cónyuge tiene unos derechos inalienables.. En su momento, el objetivo era garantizar unos mínimos bienes a los hijos. La legítima corta es aquella parte de una herencia que un heredero directo recibirá aunque sea desheredado.
La pregunta es, ¿un hijo cobrará algo aunque sea desheredado?. La respuesta es que dependerá de la Comunidad Autónoma, pero en la mayoría de los casos sí. Para desheredar a una persona de manera total se tienen que dar una serie de circunstancias de extremada gravedad que, además, has de poder demostrar. Básicamente, puedes desheredar en caso de agresión física, maltrato psicológico o cuando el hijo se desentienda de tu manutención.
Ahora bien, hay consideraciones diferentes acerca de esta parte. Fundamentalmente, porque en algunos territorios se puede limitar este derecho a la mínima expresión.
Territorios que reconocen la parte legítima corta
La mayoría de los territorios reconocen esta parte porque se contempla en el Código Civil. Ahora bien, el derecho civil de cada Comunidad Autónoma sirve para matizar esta cuestión. Por ejemplo, en territorios como Navarra la capacidad de desheredar a un heredero es casi absoluta. En Catalunya también se reduce esa capacidad.
Un elemento que has de tener presente es que el derecho civil de las comunidades tiene prevalencia sobre lo que establece el Código Civil. Esto significa, en la práctica, que todos los territorios que tengan disposiciones tradicionales de testamento aplicarán estas. Por lo tanto, si vives en Catalunya, Illes Balears, Comunidad Valenciana, Galicia, Navarra, País Vasco, Aragón y algunas zonas de Extremadura has de estudiarlo antes. Afortunadamente, la tradición se ha transmitido bien de padres a hijos; lo que sucede es que el caso de desheredar es muy poco habitual.
Otro caso particular es el de la distribución de cada parte de la herencia. Lo que sucede es que esto puede variar porque, más allá de lo que establece el Código Civil, se puede enmendar. Ten en cuenta este aspecto para que no tengas problemas a largo plazo. Un testamento se puede impugnar si no está ajustado a derecho y ser modificado.
Cuánto representa la parte legítima corta
Hay que repartir un tercio del patrimonio entre los hijos. Esto supone que cada descendiente directo puede disponer de una pequeña parte de este patrimonio. Por ejemplo, si hay tres hijos cada uno de ellos tendría derecho a 1/9 parte del patrimonio del fallecido. La cantidad estándar que se establece para todo el territorio es esta. en el caso de los herederos forzosos. Es importante que sepas que esta lógica no tienes por qué aplicarla a otro tipo de herederos. No en vano, ahí tienes plena libertad para designar a quien consideres oportuno.
Ahora bien, has de tener en cuenta que el resto del patrimonio lo podrás distribuir como lo desees. De esta forma, te resultará mucho más sencillo realizar las disposiciones que consideres oportunas. Recuerda, además, que tienes la posibilidad de modificar el testamento cuando lo desees. La condición principal es que sea ante notario y con todas las garantías legales.
Otra circunstancia particular es que, si no haces testamento, se aplicarán automáticamente las disposiciones de la legítima del Código Civil. Hay quien piensa erróneamente que eso es bueno pero lo habitual es que resulte más difícil y costoso heredar. Por lo tanto, sea cual sea tu decisión, deberías dejar este tema preparado.
El aspecto más importante que has de considerar es que la legítima corta no se puede eliminar si no hay una razón poderosa Además, la tendencia de la legislación española es la de preservar este derecho. Por lo tanto, deberás recopilar pruebas en caso de que quieras desheredar a un heredero forzoso.
Cómo puedo testar
Una vez que hayas decidido la disposición de tu testamento, lo mejor es que te asesores con un abogado para que redacte el documento. Posteriormente, lo tendrás que firmar ante notario para que este dé fe. Otra cuestión es que puedes otorgar el testamento en solitario o hacerlo con tu cónyuge. Puedes cambiar el documento cuantas veces quieras, siempre que lo hagas siguiendo este protocolo.
Hay otras modalidades de testamento, el más popular es el ológrafo, de puño y letra. Para determinados casos, es una solución interesante de urgencia aunque, en los últimos años, se aplican criterios más restrictivos para aceptarlo. El País Vasco reconoce la modalidad del testamento en el lecho de muerte. En, consecuencia, las posibilidades de otorgar testamento son varias.
Si tienes en cuenta las condiciones del territorio y tus preferencias, será más fácil tomar una decisión. La mayoría de los abogados conocen con detalle las circunstancias de cada territorio y te pueden aconsejar bien para ajustar el testamento a tus preferencias.
Conclusión
Si quieres preparar tu testamento, te recomendamos que contactes con nosotros. Así, tendrás claro qué puedes hacer y qué no para no tener problemas a la larga. Muchos testamentos se malogran por un mal asesoramiento o por puro desconocimiento. Si quieres que las cosas se cumplan como deseas, mejor atar esta cuestión.
La realidad social está cambiando y las circunstancias también. En el pasado era casi impensable que los hijos no se ocupasen del sostenimiento de los padres en la vejez. Hoy se dan muchos casos y, por lo tanto, los tribunales prevén la posibilidad de desheredar por desatender a los progenitores. Otra cuestión es que no todos los hijos tienen por qué heredar igual y, aunque existe el tercio de libre disposición, así se puede ajustar mejor. Todos estos datos son importantes al decidir testar.
Por otra parte, te convendrá saber cuáles son las peculiaridades de tu territorio. La información es poder y, en este sentido, cuanta más tengas, mejor que mejor. Nosotros contamos con toda la información y experiencia necesarias para ayudarte a testar con conocimiento de causa.