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¿Testamento vital o instrucciones previas?

¿Testamento vital o instrucciones previas?

¿Testamento vital o instrucciones previas?

Me llamo Juan y soy un hombre joven que goza de muy buena salud, pero un familiar mío ha redactado algo llamado testamento vital y me ha comentado un poco de qué se trata. Por lo que me ha dicho, creo que todos deberíamos hacerlo, pero antes de decidirme me gustaría saber más. ¿Cómo se llama exactamente? ¿Qué implica y qué alcance tiene? ¿Cuál es su origen? Muchas gracias.

Respuesta a Juan

El testamento vital es un documento mediante el cual, una persona deja por escrito, cuales son las disposiciones que deben tomarse, en caso de que en algún momento y por el motivo que sea (enfermedad, accidente, etc.) no pueda tomar decisiones por sí mismo.

El origen del mismo, como documento con valor legal, se remonta a una petición que realizara el abogado de Chicago Luis Kutner en 1961, quien también es muy conocido por ser uno de los fundadores de la ONG Amnistía Internacional.

Legalmente se entiende que el mejor término para denominar a dichas instrucciones, que pueden incluir hasta el nombramiento de un ejecutor de las mismas, es «documento de voluntades anticipadas«, pues en sí, no es un testamento, pero es el nombre con el que se ha generalizado su implantación.

A priori en motivo principal por el cual se realiza, es para dar indicaciones que le lleven a tener una muerte digna. Esto implica por ejemplo, dar instrucciones de no alargar la vida inútilmente por medios artificiales, nombrar a una persona de confianza como interlocutor válido para que vele por el cumplimiento de su voluntad, etc.

Al redactar el testamento vital, también se pueden indicar cuales se desean sean las disposiciones a tomar con nuestro cuerpo, una vez fallecido; por ejemplo: si se quiere ser o no donante de órganos, si debe haber algún tipo de rito religioso o se solicita la ausencia de los mismos, si se quiere donar a la ciencia los restos mortales, etc.

En España, la figura legal existe desde 2002 y se llama «registro de instrucciones previas«. Existe un Registro por cada autonomía y uno a nivel Nacional, por lo que es válido en todo el territorio.

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Foto gentileza de: sanropolis

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Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

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