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Al hacer testamento ¿qué hago con mi herencia digital?

Al hacer testamento ¿qué hago con mi herencia digital?

Al hacer testamento ¿qué hago con mi herencia digital?

Se le llama herencia digital a todo el caudal de información, ya sea en forma de fotos, textos, blogs, etc. que una persona posee, tanto si este material está volcado o archivado en algún sitio de internet o en un dispositivo digital.

Todos los datos que manejamos diariamente, desde cada una de las cuentas de correo o email que poseamos, los datos bancarios, las redes sociales, los bienes que hayamos comprado por Internet y en general todo aquello que nos involucre digitalmente, es también parte de nuestro capital.

El problema es que el sistema de justicia de España y de casi todo el mundo, es del siglo pasado, por lo que no contempla este caudal informativo que hoy en día es una realidad cotidiana para cada persona que acceda a Internet.

Ante este vacío legal lo mejor es que al otorgar testamento, se incluya un apartado donde se realice un inventario lo más completo posible, que incluya las contraseñas de los sitios y que indique que es exactamente lo que el testador quiere que se haga en cada caso.

Ante el fallecimiento de una persona, su heredero digital siguiendo las instrucciones que le haya dejado al hacer testamento, puede proceder a la cancelación, unificación con las propias cuentas (si fuera posible) o al mantenimiento de: sitios sociales, direcciones de correos, blogs, etc.

Visite Testamenta y le asesoraremos en éste y en cualquier otro tema, en el que se le presenten dudas a la hora de hacer testamento.

Foto gentileza de: informatica.

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Interesado en derecho sucesorio, testamentos, herencias, sucesiones seguros, ONGs y mucho más.

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