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Personas incapacitadas y su herencia, ¿cómo pueden realizar un testamento?

Personas incapacitadas y su herencia, ¿cómo pueden realizar un testamento?

Personas incapacitadas y su herencia, ¿cómo pueden realizar un testamento?

¿Qué opciones tienen las personas incapacitadas para realizar su testamento?

Antes de empezar a hablar de personas incapacitadas y su herencia, debemos destacar que en otra ocasión, hablamos de la importancia de realizar un testamento que tenga muy en cuenta a las personas discapacitadas que dependen de nosotros, para protegerlas cuando nosotros no podamos estar ahí. Pero, ¿qué ocurre cuando las  personas incapacitadas han de defender sus derechos e incluso realizar su testamento?

Son muchos los amigos que nos han preguntado esta y otras cuestiones. Y como la vocación de Testamenta es servir para todos aquellos que busquéis asesoramiento legal, queremos tratar de dar algo de luz al asunto a través de este post. En él desgajaremos algunos de los aspectos que deben ser tenidos en cuenta en los procesos de herencia y sucesiones de personas incapacitadas. Igualmente, te explicaremos algunas de las especificidades que respecto a ellos debes tener en cuenta.

¿Qué casos vamos a contemplar?

En este caso, no tenemos en cuenta a aquellos que sufren una discapacidad de nacimiento -y cuyo testamento será realizado por una tercera persona-, sino a quienes sufren una imposibilidad que se hace creciente con el tiempo, de manera lenta o súbitamente. Así pues, nos referimos especialmente a personas que han pasado a la edad adulta y tienen en efecto la necesidad o la capacidad en cuanto a recursos de haber acumulado un patrimonio que requiera realizar testamento. Es por tanto el caso de personas incapacitadas a lo largo del tiempo. No se trata de personas incapacitadas desde el mismo momento en que vinieron al mundo.

Con esto, los casos más comunes son las personas mayores. Se da cuando sufren una enfermedad que afecta a sus cualidades cognitivas, o quienes sufren un accidente que daña su razonamiento o su juicio. Dicha eventualidad puede ser fruto sencillamente de la edad o de alguna clase de enfermedad degenerativa. Por lo demás, hay que decir que dichas enfermedades también pueden afectar a personas de una edad no avanzada. Por ello estos consejos también te pueden ser útiles en el caso de contar con algún pariente en dicha situación. 

personas incapacitadas

El primer punto a tener en cuenta es, ¿cuándo una persona se declara judicialmente como discapacitada? Se trata de un derecho de las personas incapacitadas, apoyada por su familia. Y, si bien puede plantear problemas de conciencia moral, es algo que beneficiará a las personas incapacitadas.

¿Qué opciones tiene el afectado antes de declararse incapacitado?

Las acciones que podrían realizar las personas incapacitadas

-Previsión de autotutela. Antes de que sean declaradas personas incapacitadas, pueden nombrar a un tutor y detallar cómo será el funcionamiento de esa tutela. Eso dará instrucciones al juez para el futuro. Este paso es importante para poder cumplir en el futuro su voluntad. Nunca hay que dejar que pase tiempo ya que dicho paso afectará de forma crucial al futuro. De nuevo, te aconsejamos tratar con un profesional los posibles cabos que afecten a dicho trámite. Será la única manera de evitar posibles abusos o injusticias llegado el momento en que las personas en cuestión sea declarada como personas incapacitadas.

-Poder preventivo. Las personas incapacitadas o que que puedan ser declaradas en incapacidad puede delegar, previamente, sus decisiones a cargo de otra persona. Sin tener que haber nombrado a un tutor ni iniciar el procedimiento judicial. En Cataluña, esta figura se prevé de forma expresa en el Libro Segundo del Código Civil de Cataluña (art. 222-2 CCCat).

-Documento de voluntades anticipadas o testamento vital. Se trata de un documento para dar instrucciones médicas y el futuro del cuerpo cuando las personas incapacitadas fallezca. Se deja constancia para cuando no pueda decidir por sí misma. Este trámite es también importante en el caso de que dispongamos de menores incapacitados para los que queramos reservar condiciones de garantía en el futuro.

-Testamento. En derecho común, se puede otorgar testamento a partir de los 14 años (art. 663 CC) , salvo el ológrafo que solo podrá ser otorgado por personas mayores de edad (art. 688 CC). En muchas circunstancias se desconoce este hecho. Sin embargo, las llamadas personas discapaces (por ejemplo, menores) pueden realizar testamento. Con ello aseguramos también una parte importante de las coberturas que se vayan a preveer en el futuro.

La importancia del testamento y sus plazos

Tal y como recordamos siempre en Testamenta, el testamento es un trámite fundamental. Para las herencias y sucesiones en general pero para las de personas incapacitadas en particular hay un punto clave. La realización de testamento es esencial. Desde Testamenta queremos recordarte que somos precursores. Lo somos por ofrecerte la posibilidad de realizar testamento online de forma gratuita. Dicha fórmula es especialmente interesante en estos casos con personas incapacitadas en la medida en que permite confeccionar un documento legal y con vigencia que concrete los derroteros que debe seguir su futuro y el nuestro propio.

Las coberturas que podamos brindar en el testamento son de vital importancia para el futuro desarrollo del proceso. Es por ello, y por lo que se refiere la incapacidad, que el que no se hallare en su cabal juicio de forma habitual o temporal no tendrá capacidad para otorgar el testamento, siendo en ese momento importante el juicio de capacidad que realizará el notario, permitiendo o no a su criterio el otorgamiento del mismo. Por dicha razón desde Testamenta recomendamos resolver cuanto antes la situación. Hablamos de un caso en el que el proceso puede volverse irreversible. En efecto, con posterioridad no podrán modificarse condiciones que no hayan sido previstas con las personas incapacitadas.

Por otro lado, es necesario advertir que, si la persona que es declarada incapaz y hubiera otorgado con anterioridad testamento, este testamento será válido (art. 664 CC).

Por consiguiente, en ocasiones nos podemos encontrar en situaciones en las que una persona sobre la que no haya recaído sentencia de incapacidad, se pueda encontrar lúcida y cabal en el momento de otorgar testamento, siendo en esta caso el Notario quien deberá decidir si reúne o no capacidad para ello.

¿Qué ocurre cuando el incapacitado fallece?

También queremos recordar que las personas incapacitadas son el centro de una serie de relaciones que hay que tener en cuenta. Por ejemplo, si dicha persona incapacitada es viuda bien podría tener ascendientes. En ese caso habría que entender que salvo concreción expresa en el testamento, los cursos de la herencia seguirán su cauce. Tal caso vale (tal y como explicamos posteriormente) para los descendientes. En los casos del cónyuge queremos recordar que dicha relación debe ser acreditada. Bajo toda circunstancia debería compartir su herencia con la de las posibles partes que tengan derecho a legítima, es decir, ascendientes y descendientes. También sucede en muchas ocasiones que la persona no tiene parientes vivos salvo algunos hermanos que se han desentido de sus cuidados.

En tal caso los hermanos también tendrán parte de legitimidad en el proceso. La única salvedad que puede introducirse en este sentido responde precisamente  al testamento. Las coberturas, cláusulas, preferencias y acciones que se prevean en él son las que prevalecerán frente a potenciales situaciones de injusticia. Es por ello que en demasiadas ocasiones oímos casos en los que un familiar que se ha desentido de otro recibe injustamente su herencia. Ocurre precisamente cuando no se ha previsto con la elaboración de un testamento que lo impida.

La situación posterior al fallecimiento de las personas incapacitadas

Mientras la persona cuya incapacidad haya sido declarada siga viviendo, la familia puede realizar varias acciones para mejorar su calidad de vida. Una de las más comunes son las donaciones hacia esta persona, ya que necesitará de atenciones y cuidados médicos.

Para garantizar que el afectado tiene una renta en vida, existen más posibilidades. Uno de los más comunes es el de la cesión de bienes a cambio de una renta. Aunque también se puede pedir una hipoteca inversa, que formalizará la familia. Se trata de que el banco otorgue una renta mensual al afectado, que pondrá su vivienda como garantía. Al fallecimiento, los herederos decidirán si pagan la deuda con el banco o si darán la vivienda como pago.

personas incapacitadas 2

Cuando las personas incapacitadas dejan a su familia, existen una serie de garantías que ha de haber previsto anteriormente.

-Tutor designado. Atenderá la voluntad del testador en la mayoría de los casos, tenga parte de los bienes en herencia o no. Lo más importante es que sea de confianza y que estime al incapacitado, ya que cuidará de él hasta su muerte. También puede separarse la figura del tutor en dos: una para los bienes de la herencia y la otra para sus cuidados. En cualquiera de los casos, te recomendamos contactar con nuestros expertos para conocer las posibles eventualidades. La gestión del patrimonio o en general de cualquier circunstancia que lo afecte debe ser tratada con cautela. En este sentido, desde Testamenta estaremos dispuestos a ayudarte en todo lo que te sea necesario.

Cuidar al afectado

-Obligación de cuidar al afectado. Es posible firmar en el testamento que la falta de cuidados hacia las personas incapacitada pueda afectar a la herencia, viéndose sin ella quien no se haya hecho cargo de las personas incapacitadas. Así el cuidado se establece como condición o modo en alguna disposición patrimonial. Todo ello ha de quedar muy claro en el testamento que, si es posible, será redactado por las personas incapacitadas antes de declararse bajo esta condición. En caso contrario, puede darse la siguiente situación: por ejemplo, un hijo que haya desatendido el cuidado de su ascendiente puede heredar.

Esto se debe a que a efectos legales es «irrelevante» que dicha circunstancia ocurra. Si no existe testamento en el que tácitamente se especifiquen las condiciones deseadas, el proceso de herencia seguirá su curso. Eso quiere decir que como descendiente tendrá derecho a su «legítima». Es decir, podrá optar a dos tercios de la herencia. Así pues, independientemente de cuál haya sido su trato, heredará a no ser que se especifique lo contrario. Es por ello importante realizar el paso del testamento antes de que las personas incapacitadas se encuentren en dicha situación. Naturalmente, este caso se aplicará siempre que sea posible. 

Sustitución ejemplar

-La sustitución ejemplar. Esta figura se halla regulada en nuestro derecho común en los artículos 776 y 777 del Código Civil. En este supuesto los padres o ascendientes de un hijo o descendiente judicialmente incapacitado mayor de 14 años pueden testar en lugar del hijo o descendiente incapaz que haya fallecido sin otorgar testamento por no tener capacidad para ello, estableciendo como sustitutos del mismo a quienes se considere (hermanos/as, Fundaciones Tutelares, personas que lo hayan cuidado, …) y siempre que se respeten los derechos legitimarios de los herederos forzosos del sustituido.

Para resolver cualquier duda y tener todo perfectamente claro, es imprescindible disponer de la asesoría profesional de abogados expertos en derecho sucesorio. Puedes encontrarlos en el gabinete de Testamenta. En la sección de comentarios puedes dejar tus dudas. Igualmente, queremos recordarte que en nuestro blog podrás encontrar artículos relacionados. Tanto sobre la cuestión de personas incapacitadas como otros que tienen que ver con testamentos y herencias en general.

Cuenta con Testamenta

No está de más recordarte de nuevo la ventaja que ofrece Testamenta con su posibilidad de hacer testamento online de forma gratuita. Elaborar un documento de carácter notarial que pueda evitar situaciones desagradables es importante. Más cuando se trata de personas incapacitadas para las que, por así decirlo, el tiempo puede correr en su contra. Así pues, lo que un notario puede resolver de forma sencilla gracias a Testamenta puede complicarlo si no se toman las medidas oportunas. En Testamenta, podemos responder por un precio muy asequible todas tus dudas y preguntas en Consultas. También a las que afectan a personas incapacitadas.

Si te ha gustado este post… ¡Danos 5 estrellas!

Si tienes más dudas sobre la herencia de personas incapacitadas, ¡déjanos un comentario al final de esta página y te ayudaremos a resolver tu duda!

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Equipo de abogados de Testamenta para el blog del testamento herencias y sucesiones. Si quieres hacer el testamento online visita www.testamenta.es

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61 Comments

  1. JOAN

    Buenos días y felicidades por su blog. Quisiera sin embargo plantear una pregunta: ¿Puede hacer testamento una persona después de sentencia de incapacidad judicial de la misma? Muchas gracias de antemano.

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Joan,

      Respondiendo a tu pregunta debo decirte que no, un incapaz no puede hacer testamento.

      Si tienes cualquier consulta más que quieras realizar te invito a que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos que responderá vía online todas las cuestiones que le plantees en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
    2. María Luisa

      Hola. Mi pregunta es la siguiente. Mi padre ha fallecido y estaba tutelado por una fundación. Ya han pasado más de 2 meses de su fallecimiento y el banco ahora me manda mensajes para proceder a dar de baja su tarjeta bancaria…El caso es que yo creía que la fundacion se encargaría de darle de baja en el banco, así como a proceder a devolver lo cobrado de créditos y demás…Pero veo que no han hecho nada y a mi padre le siguen pasando gastos y yo no sé qué debo hacer. Si ir yo y presentar certificado de fallecimiento y dar de baja todo para que no sigan cobrando o qué hacer, porque mi padre no tenía nada, salvo créditos a pagar y tengo miedo que si yo realizó movimientos me la cargué yo…

      Reply
      1. Testamenta

        Buenas tardes María Luisa ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.

        Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
        Saludos, gracias por comentar en nuestro blog.

        Reply
  2. Anonimo

    Hola.
    Tengo sólo una hermana enferma y mi pregunta es la siguiente ¿ si mis padres no llegan hacer testamento, a quién irá la herencia a nosotros dos o a mi solo?

    Reply
  3. Anonimo

    Un saludo.
    Tengo una hermana enferma, ¿si llegamos ha heredar mi hermana y yo sin haber hecho testamento mis padres, si fallezco yo antes que mi hermana habiendo o no hecho testamento yo, heredara como principal mi hermana tutelada por mi o por quién sea?¿ Y si fallece mi hermana antes que yo, tutelada por quien sea o por mi, hecho o no testamento heredaré la herencia de mi hermana?

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Buenos días,

      En este caso, si Ud. fallece antes que su hermana y Ud. no tiene hijos ni cónyuge, su hermana hereda todo. Si fallece su hermana antes que Ud. recibe Ud. la herencia. Espero haber resuelto su duda, si tiene cualquier duda o pregunta más le invito a que contacte con uno de nuestros abogados expertos en herencias, testamentos y sucesiones que le asesorará en todo aquello que necesite en Consultas.

      Muchas gracias por su comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  4. Maria teresa

    Hola tengo un hermano enfermo que esta en una residencia mis padres han fallecido y solo hemos quedado mi hermano y yo mi padre ha puesto de tutora a dos tías mía pero ya tienen más de 80 años y están enfermas si mi hermano falleciera ellas se quedarían con los bienes de mi hermano ya que yo estoy incapacitado a mi hermano y me quiero poner yo de tutora esta todo en curso estamos esperando que el juez me llame muchas gracias

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Hola Maria Teresa,

      Efectivamente el juzgado tiene que nombrar un tutor.

      Si tienes cualquier consulta acerca de este tema o cualquier otro, te invito a que hagas tu consulta con uno de nuestros abogados expertos en derecho sucesorio, herencias y testamentos en Consultas.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  5. Alejandra ramirez diaz

    Buenas noches .mi hermana vive en un terreno que era de un hermano de nosotros pero fallecio y ellos no tienen nada a nombre de ellos. Somos 7 hermanos y mi mama con alzhaimer mi papa fallecio hace 7 años.porque me piden el acta de defuncion de papa? Y no se si mama puede firmar porque su alzhaimer esta muy avanzado .gracias espero puedan ayudarme

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Buenos días,

      Contestando a tu pregunta, la respuesta es sí, si figura en el testamento y en caso de no estarlo o no haber otorgado testamento ese hijo tiene derecho a la cuota legitimaria.

      Si tienes cualquier otra duda o pregunta te invito a que contactes con uno de nuestros abogados especialistas en derecho sucesorio, herencias y testamentos. Puedes hacerlo pinchando en este enlace.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  6. Anonimo

    Que beneficios tiene ser tutora legal. Puedo manejar el dinero del incapacitado a mi manera?. Gracias

    Reply
    1. Gerard Fernández

      Buenos días,

      Para contestar a la pregunta que nos planteas en necesario que te pongas en contacto con uno de nuestros abogados especialistas en derecho sucesorio y herencias en este enlace.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Gerard.

      Reply
  7. Celeste

    Hola, tengo dos hermanos con una minusvalía de un 69 , y no están incapacitados mi madre falleció y vivimos en la misma casa los tres , quería saber si ellos están capacitados para renunciar a su parte de vivienda
    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Celeste,

      Leyendo su caso se me ocurre una pregunta, ¿sus hermanos son plenamente conscientes de ello? Es decir, por ejemplo, ¿podrían realizar la firma de un testamento?

      En caso de no haber problema en la toma de su decisión no veo porque debería existir un problema de cara a renunciar a la herencia. De todos modos le recomendaría que realizara una consulta a nuestros abogados para poder ser asesorados de la mejor manera posible por uno de nuestros abogados expertos.

      Muchas gracias por su comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  8. Isac

    Hola, soy heredero según testamento de mi amigo. El enfermó de alzheimer, y según estoy averiguando, su familia lo ha dejado sin un duro casi, al hacerse tutores o administradores legales de él. No se hablaba con ellos desde hacia tiempo, pero desde que enfermó no lo dejaban solo. ¿Siendo yo su heredero, que opciones tengo de reclamar y hacer un poco de justicia?

    Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Isac,

      Leyendo tu caso creo que si eres el único heredero tienes las de ganar en este caso. No quiero darte falsas esperanzas pero, creo que puede salir bien si estás bien asesorado.

      Siendo así la situación yo te recomendaría que te pusieras en manos de un abogado experto en derecho sucesorio para poder llevar a cabo el proceso. Puedes hacerlo a través de nuestra web o relizar una consulta para tener con certeza que puede hacerse y una vez teniendolo claro ya tirar adelante.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  9. Rosa Maria

    Hola, mi padre esta incapacitado y mi madre va a vender una casa de herencia de mi abuela. Mi madre puede abrir una cuenta a su nombre solo para ese dinero? Es q al estar incapacitado mi padre, para cualquier movimiento superior a 3000 euros tiene q pedir autorizacion al juzgado yabriendo una cuenta a su nombre con el dinero de la venta puede tener mas libertad, no?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días Rosa María,

      Para una consulta tan concreta, te recomendaría que la formulases a través del apartado de consultas de la web. Una vez realices la consulta, un abogado especializado podrá atenderte y asesorarte de la mejor manera posible.

      Muchas gracias por tu comentario.

      Un saludo cordial,

      Reply
  10. Anonimo

    Buenos días, tengo una duda.
    En el caso de un incapaz que tiene como tutores a sus dos hermanos, y que vive en una institución pública. ¿el heredero de sus bienes es la institución pública o a sus hermanos?

    Reply
    1. Testamenta

      Buenos días,

      Si en este post no consigues la información que necesitas o no acaba de resolver tus dudas, te recomiendo que generes tu duda en el apartado de consultas de nuestra web. Dónde un abogado especialista en el tema te podrá aconsejar y podrá gestionar de la mejor manera tus dudas. El apartado de consultas lo encontrarás en la parte superior de la web corporativa o haciendo click en el siguiente enlace, Apartado de consultas de Testamenta.

      Espero haberte ayudado.

      Gracias por tu comentario.

      Un cordial saludo,

      Reply
  11. Maria

    Ola Buenos Dia
    Cuando Una Persona Fallece De Infarto Y Esta Pagado El Segura De Vida De La Fundación De La Mujer Cual Son Los Paso Para Seguir Para Que El Seguro Se Haga Realidad.

    Pff Ayúdeme
    Necesito Respuesta

    Reply
  12. cesar

    Hola, ¿si una persona vende un terreno aduciendo que es suyo por el simple hecho de que el dueño de la propiedad era su abuelo, cuando en realidad lo dejo como herencia a su ahijado y prueba de ello tiene un manuscrito adjuntando la firma y los documentos de la propiedad, que medidas se debería de tomar para ser nula la compra y venta que se realizo?

    Reply
  13. antonio jesus

    Un tio mio (Sindrome de Down) falleciò sin testamento,tenia de tutor un primo mio(sobrino del tio Sindrome de Down) se le nombra en un testamento como heredero de parte de una casa.Vive una hermana del tio(Sindrome de Down)¿ quien hereda su parte en dicha casa?

    Reply
  14. victor

    Buenas tardes, tengo un hermano del cual soy tutor legal para administrar sus cuentas (tiene una leve minusvalía psiquica) se metío en varias deudas con prestamos, lo tuve que incapacitar judicialmente, a dia de hoy se ha puesto al corriente de todo, el es mayor que yo 15 años, mi duda es ¿si el falleciese antes, yo tendría derecho a heredar de lo que el tuviese? no está casado, lo comento porque me dijeron que los tutores legales no pueden heredar, saludos y gracias.

    Reply
  15. Maria

    Buenos diasdias, incapacite a mi tia enferma de alzheimer, soy su tutora legal. En caso de que fallezca, tendria que pagar impuesto de sucesiones como sobrina o como mama de ella, es decir, como su tutora legal? Gracias

    Reply
  16. Pepe

    Mi padre fallece y solo dos hijos y la madre en el testamento.
    Mi madre como usufructa, y los dos hermanos como herederos, pero a la hora de hacer el reparto , resulta que yo no estoy de titular en las cuentas. Cosa que lo sabía , pero que no me gustaba hablar en vida con mi padre , por qué se que tenía testamento .
    Pero resulta que a la hora de repartir me toca solo la legítima.
    Yo no estoy de acuerdo y le digo al banco que el mero echo de que mi hermana sea titular en las cuentas no quiere decir que ella es propietaria , porque no puede demostrar que ella hiciera ingresos en las cuentas .
    El testamento pone ousufrtuaria mi madre y herederos a partes iguales mi hermana y yo , es así?
    Tengo derecho a reclamar?

    Reply
  17. Melania

    Hola, mi inquietud es la siguiente ..
    Mi amiga tiene su hermana que quedó incapacitada en todos los aspectos debido a un accidente en Alemania. recibió una indemnización y lo invirtió en un chalet aquí en España. Pero su madre a la que nombraron tutor de ella está muy mal de salud. Al morir la
    madre que pasaría con el chalet. Tendrían derecho a reclamar sus hermanos? O en vida su madre puede hacer certificado de últimas voluntades?

    Reply
  18. Maria

    Hola soy heredera universal hace dos años y hoy he sido nombrada su tutora legal ya que le han incapacitado .
    ¿Tendré problemas para heredar en un futuro?
    Gracias!

    Reply
  19. Bruno esteban

    Hola, mi padre le acaban de diagnosticar principio de demencia, me han recomendado incapacitarle y ser su tutor legal ya que soy su único hijo.
    Mi pregunta es?
    Los bienes de mi padre el día que fallezca pasarán a su heredero legítimo o hace falta la realización de un testamento?
    El problema es que no recuerda si lo tiene realizado y desconozco como saber si esta hecho el documento.
    Gracias, un saludo.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Bruno ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
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      Un saludo, gracias por comentar en nuestro blog.

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  20. Diana

    Buenos días, acaba de fallecer mi tío, el era disminuido psíquico y yo era su tutora. Mi duda es referente al dinero que ha dejado en una cuenta en la que aparezco como autorizada y no se como debo proceder. Todos los años tenía que enviar a una jueza una relación de las cuentas de mi tío, indicando los gastos, el dinero ingresado y la situación médica ya que él residía en una Fundación. Me podéis indicar que pasos debo dar, entiendo que tendré que informar a dicha jueza del fallecimiento de mi tío pero el dinero que tiene en la cuenta no se que debo hacer. Saludos

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas tardes Diana ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
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  21. Tomeu

    Hola buenas , mi abuelo tiene a su mujer discapacitada , con parquinson y alzeimer . Tienen la herencia repartida a partes iguales entre ellos 2 , por lo que le tocaria por partes iguales a sus 3 hijos un (33’3%) . La pregunta es : podria mi abuelo hacerse tutor legal de mi abuela para cambiar la herencia? 2 de los hijos no se hacen cargo de el y le demora la pregunta

    Reply
    1. Testamenta

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  22. Antonio

    Hola.
    He sido nombrado tutor legal de mi padre antes de hacer la aceptación de la herencia. Puedo acceder a la legiítima que me corresponde ? o está afectado por alguna incompatibilidad. Gracias

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Antonio el hecho de que usted haya sido nombrado tutor legal de su padre, no debe afectar cuando usted reciba su parte correspondiente como heredero.

      Gracias por comentar en nuestro blog, un saludo.

      Reply
  23. Claudio

    Buenas tardes; tengo una hermana con insania y declarada incapaz en 2007, soy su curador desde hace un año; tengo otro hermano que nunca se ocupo de ella y dudo de que la cuide a ella como corresponde en caso de mi fallecimiento. Yo quiero donar mis bienes a ella, sin que en un futuro mi hermano pueda acceder a ella constituyéndose su curador. También quisiera objetar una futura curación a nombre de mi hermano y nombrar como curador a una persona de mi confianza. ¿Es esto posible?. ¿Debo donar mis bienes a otra persona y confiar que le sean administrados a mi hermana o puedo donarlos a ella sin prejuicio que mi hermano se ofrezca como curador solo para tener tenga acceso a esos bienes en un futuro?. Muchas gracias.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Claudio ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
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  24. Ana Ferreiro Barreiro

    Hola, a mi madre la van a incapacitar pero al vivir lejos se me hace difícil ser su tutora, mi familia no quiere saber nada, si la tutela una fundación pierdo el derecho de heredar y se quedaría todo la fundación? Yo estaría pendiente de ella igual pero no podría tomar decisiones sobre sus cuidados?

    Reply
  25. Maria

    Hola, a mi madre la van a incapacitar pero al vivir lejos se me hace difícil ser su tutora, mi familia no quiere saber nada, si la tutela una fundación pierdo el derecho de heredar y se quedaría todo la fundación? Yo estaría pendiente de ella igual pero no podría tomar decisiones sobre sus cuidados?

    Reply
  26. Miguel angel

    Hola ?me podrian decir yo el padre como puedo dejarles la herencia a dos hijas con exquizofrenia si el dia de mañana cuando muera yo las tutelase el gobierno se quedaran con todo,como puedo evitarlo para que esos bienes se queden unicamente para sus necesidades,que no se lo quede el gobierno aparte de eso nadie de la familia se quieren hacer cargo si no se quedan con todo.

    Reply
    1. Testamenta

      Buenas Miguel Angel ante casos específicos como el suyo le recomiendo que visite nuestra página web de Testamenta, donde hay un apartado de consulta en el cual podrá realizar sus consultas a nuestros abogados especializados en herencias y testamentos. Estos le sacarán de dudas y le aconsejarán para solucionar su caso de la mejor forma.
      Le dejo aquí el enlace de consultas de nuestra web: https://www.testamenta.es/preguntas-consultas-abogados-herencias-testamentos/
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      Reply
    1. Testamenta

      Buenas Ana las personas incapacitadas sí que pueden heredar, es necesario para ello, que el testador nombre un tutor en el testamento. Lo que no pueden hacer las personas incapacitadas es hacer testamento.

      Saludos

      Reply

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